¿En qué sectores suelen invertir los fondos mexicanos?

¿En qué sectores suelen invertir los fondos mexicanos?

Fondos Mexicanos

¿En qué sectores suelen invertir los fondos de capital riesgo?

La actividad del capital de riesgo en México ha sido menos dinámica en comparación con otras jurisdicciones de América Latina, por lo que la participación sectorial no está claramente definida en México. Sin embargo, de acuerdo con la Asociación Mexicana de Capital Privado (AMEXCAP), en los últimos años los sectores clave que atraen las inversiones de capital de riesgo en los fondos mexicanos que  incluyen los servicios de consumo, los bienes de consumo, la tecnología.

¿Los fondos mexicanos de capital riesgo requieren alguna aprobación antes de invertir en su jurisdicción?
No hay un requisito de aprobación per se para las inversiones de capital de riesgo; sin embargo, hay ciertos sectores y actividades que requieren la aprobación de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, independientemente del vehículo para la inversión. Dicha aprobación es necesaria cuando la inversión supera un determinado porcentaje de capital o los activos de la entidad objetivo superan un determinado valor.

Algunos de esos sectores y actividades son la educación privada, los servicios jurídicos y las empresas navieras con buques de alta mar, entre otros.

Los fondos de capital de riesgo constituidos conforme a la legislación mexicana pueden estar sujetos a aprobaciones dependiendo del tipo de estructura que se adopte para el fondo de capital de riesgo. Por ejemplo, si el fondo se crea bajo la Ley de Fondos de Inversión, el fondo requerirá la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).

¿Existe alguna limitación legal para que un fondo de capital riesgo adquiera el control o influya en los negocios, operaciones o gobierno de una entidad participada?

Como cualquier otra entidad privada, los fondos de capital de riesgo offshore no pueden participar en aquellas actividades que están reservadas al Gobierno o a personas y empresas mexicanas (por ejemplo, energía nuclear, casas de moneda, operación de puertos, aeropuertos y helipuertos, transporte terrestre nacional y actividades de la banca de desarrollo, entre otras).

Adicionalmente, y también como cualquier otra entidad privada, existen ciertas actividades/empresas en las que se ha restringido la participación de la inversión extranjera hasta ciertos porcentajes, como son:

  • Empresas cooperativas de producción
  • Fabricación y comercialización de explosivos, armas de fuego, cartuchos y fuegos artificiales
  • Impresión y edición de periódicos de distribución exclusiva en el territorio nacional
  • Suministro de combustibles y lubricantes para buques y equipos ferroviarios de aeronaves, entre otros. La restricción de la inversión extranjera puede variar entre el 10% y el 49%

La inversión extranjera puede superar este porcentaje en la medida en que se realice a través de una inversión neutra en términos de la Ley de Inversión Extranjera. Aunque este tipo de inversión no computa como inversión extranjera, se necesitaría una autorización de la Secretaría de Economía.

¿Cuándo se activaría dicho requisito?

Sí, se requiere un análisis antimonopolio y una autorización previa a la realización de la inversión. Aunque la legislación mexicana establece ciertas exenciones a la autorización obligatoria previa a la fusión, éstas se limitan a los fondos mexicanos de inversión que participan en un objetivo con derechos limitados y que no ejercen ningún control, ya sea de “iure” o “de facto”.

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